El Gobierno nacional promulgó este martes la nueva ley de alquileres, que había sido aprobada por el Congreso hace dos semanas y que entrará en vigencia a partir del 1 de julio. La ley 27.551 introduce mejoras para los inquilinos y cambios en la duración de los contratos, actualización del valor, entre otros.
La ley 27.551 se publicó este martes en el Boletín Oficial e introduce modificaciones en el Código Civil y Comercial de la Nación. Aprobada por el Senado el 11 de junio con 41 votos a favor, la sanción de esta ley significó la primera reforma desde 1984.
Repasá las modificaciones más importantes:
1) Duración de los contratos y depósito de ingreso

Los contratos durarán tres años en vez de dos. Luego de transcurrido los dos años el inquilino puede interrumpir el contrato con una notificación previa en la que aclaran que no tienen la intención renovar el contrato durante un año más. El depósito de ingreso a la propiedad pasará a representar el valor de un solo mes de alquiler por toda la extensión del contrato.
2) Actualización del valor del alquiler

El contrato se indexará cada 12 meses y la actualización se hará de acuerdo a un índice elaborado por el Banco Central que está compuesto en un 50 por ciento por la variación de los salarios (RIPTE) y el otro 50 por ciento por la tasa de inflación (IPC).
3) Garantías válidas para el ingreso

La nueva ley de alquileres flexibiliza la presentación de garantías para ingresar a un inmueble. De esta manera, el inquilino podrá presentar hasta 2 opciones para facilitar su ingreso: aval bancario; seguro de caución; garantía de fianza; o garantía personal del inquilino (recibo de sueldo o certificado de ingresos). De las dos opciones propuestas, el propietario optará por una de las propuestas.
4) Pago de impuestos

Con la nueva ley, el inquilino no tiene a su cargo el pago de impuestos que graven a la propiedad ni el pago de expensas comunes extraordinarias que deberán ser detalladas y abonadas por el propietario del inmueble.
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10 comentarios
Gracias. Muy útil
Muy buena. Gracias
Con respecto ,a que si dicha propiedad ,cuando se alquilo ,parecia una cosa y en realidad solo ,era una fachada ,y ahora se inunda ,por la filtraciones ,los desbordes del pozo del baño que se encuentra dentro del dto ,etc ,que debo hacer ? En cuanto al cobro del alquiler.
Necesito saber si el inquilino debe pagar el TGI
Como es el proceso para desalojo?por falta de pago de 1 mes
En provincia todas las inmobiliarias cobran valor 1 mes de alquiler al inquilino no cobran el 2% al inquilino y o el 4 % al propietario….el inquilino si o si debe pagar 1 mes completo de alquiler en comision inmobiliaria, aparte gastos de averiguación , gastos escribanía y si hubiera algún gasto más también.
Yo x motivos de Salud no renové contrato si bien pago en tiempo y forma el propietario.entendio puedo tener problemas
Hola hace 12 años que alquilo me atrase en el pago por falta de trabajo y me recinde el contrato cual es mi derecho? Vanessa7karina@gmail.com
Exelente noticia para los inquilinos
Pregunta solo se puede pagar en efectivo o transferencia? Porque a Mí hija No le quieren aceptar el pago en transferencia. Gracias